ANULACIÓN DE MATRÍCULA
Se podrá solicitar la Anulación de Matrícula, a petición razonada del alumno o alumna, o en caso de ser menor de edad, de su padre, madre o tutor, antes de finalizar el mes de abril de cada curso y cuando las causas alegadas imposibiliten la asistencia del alumno o alumna a clase (será necesario adjuntar documento justificativo).
En este caso, la matrícula no será computada a los efectos del número máximo de años de permanencia en las enseñanzas de Escuelas Oficiales de Idiomas.
En ningún caso, la anulación de la matrícula dará derecho a la devolución de las tasas académicas.
El alumno o alumna podrá ejercer este derecho una vez por cada curso que conforme los distintos niveles.
Para hacer efectivo este derecho se deberá entregar en la secretaria del centro la correspondiente instancia a la dirección del mismo que aquí se incluye junto con la documentación que acredite el hecho causante.
Normativa aplicable, Art 33 de la Orden 20 de Abril de 2012.
Instancia anulación de matrícula |